Sin embargo, a nuestros señores diputados parece que les divierte más ocuparse de la gran preocupación social que se respira cada día en España, sobre cuál debe ser el orden de los apellidos, ya que los otros temas, los que de verdad preocupan, se resolverán solos en la medida en que se vaya disolviendo la “CRISIS”, esa misma que no hace tanto tiempo era solo fruto de los conspiradores.
Desde 1999 (Ley 40/1999 de 5 de noviembre) los españoles pueden elegir el apellido de la madre o del padre como primer apellido para un recién nacido, manteniendo la primacía masculina en caso de desacuerdo, esto acababa con la prevalencia del apellido paterno, no obstante, en un continuo esfuerzo y preocupación por el bienestar de la ciudadanía, el grupo socialista elaboró un nuevo proyecto de Ley en noviembre de 2010, al entender que no se había erradicado totalmente la prevalencia paterna, vigente en los casos de disputa.
Para subsanarlo, ese nuevo proyecto de Ley establecía el orden alfabético como criterio para fijar el orden de los apellidos, esta pretendida nueva norma generó una gran polémica en el parlamento y además, posiblemente alguien se dio cuenta que en dos o tres generaciones desaparecerían apellidos con la “Z” como por ejemplo “Zapatero” y ganarían preponderancia los que comiencen por la “A” como por ejemplo “Aznar”, no se cual de las dos situaciones sería más caótica para una sociedad tan sensibilizada con el orden de los apellidos de su descendencia.
La realidad desde 1999 ha evidenciado que España sigue siendo un país tradicional para estos temas. Es decir, generalmente cualquier hijo suele recibir el apellido paterno y los casos de desacuerdo son prácticamente anecdóticos; curiosamente en nuestro país vecino, Portugal, es justo al contrario, es decir, cualquier recién nacido recibe en primer lugar el apellido materno, esperemos no contagiarlos ni entretenerlos para que sigan intentando resolver sus verdaderos problemas.
Pero han vuelto a la carga y esta vez el parlamento aprobó, el pasado miércoles cuatro de mayo, el proyecto de Ley tras la modificación de su texto, sustituyendo el orden alfabético, conforme a la enmienda pactada, por el criterio y decisión de la persona encargada del Registro Civil, eso sí, “atendiendo siempre al interés superior del menor”, siendo esta “frasecita” de aquellas grandilocuentes que en el fondo no dicen nada, o peor aun dicen lo que cada uno quiera. ¡A ver quién cierra ahora y bien cerrado, el melón que sin necesidad han abierto!
Por cierto, en la actualidad, el criterio utilizado para el orden de apellidos del primer hijo, es vinculante para el de sus posibles futuros hermanos, ¿eso permanecerá o podrá haber hermanos con apellidos en diferente orden?
Este tema me lo he encontrado en periódicos y debates televisivos, sin embargo, me sorprende no haber leído ni oído nada respecto a otro tema que contiene el proyecto de Ley como es la supresión del Libro de Familia, sustituyéndolo por una ficha individual con un “código personal de ciudadanía”; la propia exposición de motivos del proyecto de Ley cita textualmente: “…culminando el progresivo abandono de construcciones jurídicas de épocas pasadas que configuraban el estado civil a partir del estado social, la religión, el sexo o el matrimonio”.
Todo esto, presumiblemente, no se aplicaría antes de 2013, pero es como si hubiese un empeño por establecer como única enseña de los “nuevos tiempos” que no hay más célula social que “el individuo”.
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